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ENTRE RIOS
01-12-2015

Tasa a combustibles; Archivaron el proyecto

(Villa Elisa al Dia)

01-12-15-13:15
Tras el masivo rechazo, archivaron el proyecto para crear una tasa vial
En sesi贸n especial, el Senado envi贸 a archivo el proyecto que impulsaba la creaci贸n de una "tasa vial"
y sancion贸 el proyecto que habilita al Gobierno a iniciar el reclamo por mayores fondos de Coparticipaci贸n Federal.

Los senadores decidieron archivar el proyecto de ley que propon铆a la creaci贸n de una tasa vial. Adem谩s dieron sanci贸n definitiva al proyecto de ley que habilita a la Fiscal铆a de Estado a iniciar el reclamo por mayores fondos de Coparticipaci贸n Federal.

Trataron nueve pedidos de acuerdo, uno de los cuales, fue negado. Tambi茅n se habilit贸 a la provincia a realizar operaciones de cr茅dito por un monto de 6000 millones de pesos, mediante la modificaci贸n de la ley provincial 10090.
Tasa Vial

El senador Cresto, al inicio de la sesi贸n, por una moci贸n de orden, pidi贸 ingresar y tratar un proyecto que propon铆a la creaci贸n de una tasa vial. Hizo este pedido, votado por unanimidad, ante la presencia de empresarios de transporte, de estaciones de servicios y de asociaciones de productores, pidi贸 que se trate en primer t茅rmino este expediente a los efectos de responder a la expectativa de los mismos.

Explic贸 que cuando se trata de crear impuestos, se dan estudios profundos y en forma permanente. Revel贸 que los senadores ya tomaron una posici贸n sobre el tema y que fueron enterados de su presentaci贸n a trav茅s de los medios. Dijo que con los elementos colectados se ha observado que en las provincias en las que se aplica existen inconvenientes y hasta la posibilidad que sea declarado inconstitucional con los consiguientes costos.

A帽adi贸 que los senadores, en reuni贸n de Bloque, "decidieron mandar al archivo este proyecto que impulsa la tasa vial" y resalt贸 que hoy mismo se va a dar sanci贸n definitiva al proyecto que permitir谩 a Entre R铆os reclamar mayor coparticipaci贸n.

"Somos 17 representantes departamentales y consideramos que el monto a percibir es insignificante en relaci贸n a lo que Entre R铆os puede llegar a percibir, si es que el gobierno nacional electo respeta y cumple el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n", resalt贸 el senador Cresto.

Con todo esto los senadores no trataron y mandaron al archivo el proyecto de ley que propone la creaci贸n y aplicaci贸n de una "Tasa Vial Provincial", para ser destinada a retribuir la prestaci贸n de los servicios que demande el mantenimiento, conservaci贸n, modificaci贸n y/o mejoramiento de todo el trazado que integra la red caminera provincial, incluidas las autov铆as, carreteras y/o nudos viales.

Con la C谩mara de expendedores de Combustibles

Los Senadores recibieron durante la reuni贸n de Bloque a miembros de la C谩mara de Estaciones de Combustible y Anexos de Entre R铆os. Durante el encuentro los empresarios explicaron a los legisladores su posici贸n en relaci贸n a la iniciativa que ya cuenta con media sanci贸n.

Expresaron sus reparos indicando que existe, seg煤n su punto de vista, falta de oportunidad, genera un costo administrativo dif铆cil de sobrellevar para el sector y un costo econ贸mico tanto para la empresa, como para los usuarios permanentes y circunstanciales.

Observaron, tomando en cuenta la situaci贸n generada en la provincia de C贸rdoba, que dejar铆an de vender cantidades importantes las estaciones ubicadas en la zona de frontera con otras jurisdicciones, ya que de acuerdo al costo entre una y otra, se dejar铆a de vender una cantidad sensible cuando el precio es m谩s barato en provincias vecinas.

El presidente del Bloque, Enrique Cresto, adelant贸 que los senadores decidieron no tratar el proyecto en esta sesi贸n, ya que en un an谩lisis somero apuntaron la posibilidad de que aparezca una doble imposici贸n y hasta una posible inconstitucionalidad, lo que deber谩 ser profundizado por juristas especializados para contar con una opini贸n fundada.

Los estacioneros revelaron que una vez enterados de la media sanci贸n realizaron una serie de c谩lculos que muestran como tope recaudatorio unos 25 millones mensuales, teniendo en cuenta los combustibles alcanzados. Precisaron que esto no ser铆a tributado por quienes compran combustible por fuera del sistema de estaciones.

Los representantes de la C谩mara se pusieron a disposici贸n de los legisladores en caso que consideren, en lo mediato, la posibilidad de avanzar en la creaci贸n de un tributo que alcance el sector, para lograr que tenga el menor impacto en el usuario y no genere mayores inconvenientes a un sector que ha perdido gran cantidad de bocas de expendio en el territorio entrerriano en los 煤ltimos a帽os. Hubo representantes de Paran谩, Concordia, Gualeguay, Tala, entre otros departamentos.

Reclamo por mayor coparticipaci贸n

La C谩mara Alta dio sanci贸n definitiva al proyecto de ley que impulsa el reclamo entrerriano de mayores ingresos en concepto de coparticipaci贸n federal. Esto despu茅s del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n. Los representantes departamentales dieron respaldo para que se denuncie Pacto suscripto en 1992, que fuera ratificado por la ley 24.130.

Fundament贸 el apoyo del Cuerpo el senador Cresto, quien record贸 las circunstancias y consecuencias por las que en su momento Entre R铆os adhiri贸 al Pacto Fiscal y mencion贸 el impacto de la reciente decisi贸n de la Corte Suprema de la Naci贸n.

El proyecto, ahora girado al Ejecutivo, extiende la denuncia "a las cl谩usulas de los convenios posteriores ratificatorios de su vigencia y/o que establezcan que la distribuci贸n de la masa de fondos a coparticipar a que se refiere el art铆culo 2 de la Ley 23.548 se seguir谩 realizando conforme al Acuerdo denunciado, como asimismo del art铆culo 76 de la ley 26.078. A estos efectos se deber谩 dar noticia fehaciente de la presente a todas las jurisdicciones signatarias del Acuerdo de referencia".

Con esto el Ejecutivo entrerriano deber谩 requerir al Estado Nacional la inmediata extinci贸n de los efectos jur铆dicos emergentes del Acuerdo denunciado respecto de la Provincia de Entre R铆os y el cese inmediato y autom谩tico de la detracci贸n sobre la masa bruta de los impuestos coparticipables, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N掳 23.548, de los importes que surgen de la aplicaci贸n de la cl谩usula primera, inciso "a" del Acuerdo que ahora es denunciado, a los fines del c谩lculo de la proporci贸n que le corresponde a la Provincia y la repetici贸n de las sumas que correspondiere, destaca el segundo art铆culo de la iniciativa de los diputados Rosario Romero y Jos茅 Allende.

El texto propone adem谩s afectar el potencial incremento de los recursos de la coparticipaci贸n federal de impuestos a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre R铆os, hasta la concurrencia de los d茅ficits que dicho organismo registra, como asimismo establece que, de darse, el excedente sea destinado al refuerzo proporcional de las partidas de gastos de personal de toda la administraci贸n central y descentralizada del Estado entrerriano.

Ser谩, una vez promulgada la ley, la Fiscal铆a de Estado quien ejerza todas las acciones administrativas y/o judiciales que correspondan, con el objetivo de reclamar la devoluci贸n del 15% que el Gobierno Nacional retiene de la masa de impuestos coparticipables prevista en el art铆culo 2潞 de la Ley 23.548 para atender al pago de las obligaciones previsionales nacionales, por aplicaci贸n de la cl谩usula primera, inciso "a" del "Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales del 12 de agosto de 1992, ratificado por Ley 24.130 y que ahora es denunciado por Entre R铆os.

Adem谩s se derogan el art铆culo 25潞 de la Ley N潞 10.403 y se declara nulo el art铆culo 31潞 de la Ley 9.762 (presupuesto 2007) y 25潞 de la Ley N潞 10.338 (presupuesto 2015).

Autorizaci贸n para el uso del cr茅dito

Tambi茅n recibi贸 sanci贸n definitiva la modificaci贸n de la ley 10090. Se trat贸 sobre tablas. Cresto hizo una descripci贸n del expediente.

Ahora el Poder Ejecutivo entrerriano est谩 habilitado para concretar operaciones de cr茅dito p煤blico por hasta la suma de Pesos seis mil millones ($ 6.000.000.000.-) o su equivalente en otras monedas; mediante la contrataci贸n de pr茅stamos con el Gobierno Nacional, Entes del Sector P煤blico Nacional, Organismos Multilaterales de Cr茅dito, o entidades financieras locales o extranjeras; o a trav茅s de la emisi贸n y colocaci贸n de t铆tulos de la deuda p煤blica, en una o varias series, o bajo cualquier otra modalidad de financiaci贸n, en t茅rminos y condiciones de mercado, bajo ley y jurisdicci贸n argentina o extranjera.

El dinero obtenido por la operatoria ser谩 aplicado al financiamiento de Obras Publicas de infraestructura vial, portuaria, productiva, hospitalaria, educativa, de saneamiento, de cultura y recreaci贸n, y de viviendas, a ejecutarse en el 谩mbito provincial, conforme proyectos que cuenten con la autorizaci贸n respectiva.

Del total, hasta el 25%, ser谩 para la cancelaci贸n, pre cancelaci贸n y/o rescate parcial de la deuda p煤blica consolidada, como as铆 para la atenci贸n del d茅ficit acumulado y consolidado de las Rentas Generales.

Pliegos tratados

Cumpliendo con el tr谩mite previsto en el art铆culo 19 del Reglamento del Cuerpo, habiendo anticipado por medios p煤blicos que en la sesi贸n iban a tratarse los pedidos de Acuerdo Constitucional para ocupar cargos en la Justicia entrerriana, por solicitud del presidente de la Comisi贸n de Acuerdos, Aldo Ballestena, fueron aprobados los siguientes pliegos:

Dr. BEL脡N, Gabriel, Juez Civil y Comercial N潞 2 de Concordia.
Dra. VEGA, Silvia Alicia, Juez Civil y Comercial N潞 2 de La Paz.
Dr. MARCOGIUSEPPE, Julio C茅sar, Juez Civil y Comercial N潞 1 Concordia.
Dra. MENDEZ CASTELLS, Estela, Juez Civil y Comercial N潞 3 Concordia
Dr. VELASCO, Mariano Luis, Juez Civil y Comercial N潞 2 de Chajar铆.
Dra. CEBALLOS, Norma Viviana, Juez Civil y Comercial N潞 3 de Paran谩.
Dr. COSTA, Jos茅 Daniel, Fiscal General de Coordinaci贸n de Concordia.
Dr. BEHERAN, Lisandro, Fiscal General de Coordinaci贸n de Gualeguaych煤.

Adem谩s en el mismo marco fue rechazado el pedido de Acuerdo para el doctor Diego Rodr铆guez quien aspiraba ser titular Juez Civil y Comercial N潞 1 de La Paz. En la sesi贸n el senador Ballestena dio a conocer los alcances de la resoluci贸n fundada al efecto, mencionado que "no se form贸 convicci贸n suficiente" y se resolvi贸 no dar el consentimiento constitucional.

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